JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-5860-25

SOLICITANTE: MARIA MARGARITA CARRERO RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédulas de Identidad N°V-3.941.534; asistida por la abogada SHELLEY SORAYA GIRON GÜERE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043.

MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.

Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 25 de abril de 2.025, suscrito por la ciudadana MARIA MARGARITA CARRERO RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédulas de Identidad N°V-3.941.534; asistida por la abogada SHELLEY SORAYA GIRON GÜERE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043.
En fecha 28 de abril de 2.025, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-5860-25.
Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes en los folios 30 y 31 del presente expediente, de nombres BARBARA JOSEFINA LUZARDO ACOSTA y SAVERIO LUIS NATALE DELGADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-6.843.081 y V-11.733.572, respectivamente; este Tribunal, las valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.
En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana MARIA MARGARITA CARRERO RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédulas de Identidad N°V-3.941.534, de unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, el cual tiene una superficie de CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS (482,63MTS2), ubicado en:Urbanización Colinas de Carrizal, Sector “10”, Calle Manzanillo, Parcela Z135-D-A, Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda; dichas bienhechurías tienen un área de construcción de DOSCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (209,39MTS2); los cuales se distribuyen en la siguiente manera PLANTA BAJA: con un área de construcción de CIENTO DOS METROS CUADADROS CON NUEVE CENTIMETROS (102,09MTS2) y PLANTA ALTA: con un área de construcción de CIENTO CIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (107,30MTS), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por la abogada SHELLEY SORAYA GIRON GÜERE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043.
Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de treinta y tres (33) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, veintiocho (28) días del mes de mayo de 2025. Años: 215° y 166°.
La Jueza Temporal,



Janette Y. Carrero Rey
La Secretaria

Reina Sofía Castillo Sanz

En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.

La Secretaria


Reina Sofía Castillo Sanz




JCR/RSCS/YM
EXP. S-5860-25