REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, veintiocho (28) de mayo de dos mil veinticinco (2025)
214º y 165º
Vista la solicitud así como la documentación presentada por los ciudadanos JONAS ALEXI RODRIGUEZ ASCANIO y MARGARITA DEL COROMOTO REY DE RODRIGUEZ, ambos venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.230.179 y V-3.402.143, en su orden, estando debidamente asistidos por el abogado en ejercicio SAUL ENRIQUE GONZALEZ PIÑANGO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 278.780, en concordancia con las deposiciones que fueron rendidas por los testigos evacuados; este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, habiendo revisado todos los recaudos que fueron aportados por los interesados, los cuales no se agregan al presente expediente y se resguardan en un sobre separado, a los fines de evitar futuros desgloses al momento de ser presentando para su registro, a saber: 1) en original documento de compra venta debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha once (11) de septiembre del año mil novecientos noventa y siete (1997), anotado bajo el No. 11, Tomo 13, de cuyo contenido se desprende que los ciudadanos JONAS ALEXI RODRIGUEZ ASCANIO y MARGARITA DEL COROMOTO REY DE RODRIGUEZ, hoy solicitantes, adquirieron un lote de terreno de aproximadamente MIL CIENTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTÍMETROS CUADRADOS (1.143,80 Mts2), ubicado en el lugar denominado El Hoyo del Muerto y El Limón, Municipio San Antonio de Los Altos, Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda (hoy Municipio Los Salias); 2) en original documento de aclaratoria a través del cual se realizó la corrección de la cabida del terreno referido en el particular que antecede, quedando establecido que el mismo era de aproximadamente MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTÍMETROS (1.397,97 Mts2), vale acotar que dicho documento fue protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha nueve (9) de octubre del año mil novecientos noventa y siete (1997), quedando anotado bajo el No. 29, Tomo 01; 3) en original plano topográfico del terreno antes mencionado, así como de las bienhechurías objeto del presente trámite, debidamente sellados por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro de la Alcaldía del Municipio Los Salias; 4) en original ficha catastral No. 0004951, emitida en fecha cuatro (4) de febrero de dos mil veinticinco (2025), por la División de Catastro de la Alcaldía del Municipio Los Salias, de cuyo contenido se desprende que los hoy solicitantes son propietarios del lote de terreno tantas veces mencionado; y 5) en original, certificación de habitabilidad sanitaria expedida por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro de la Alcaldía del Municipio Los Salias, con ocasión a una vivienda unifamiliar de dos (2) niveles con un área total de construcción de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS CON CERO CENTÍMETROS (120,00 Mts2), construida sobre el referido lote de terreno propiedad de los hoy solicitantes; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JONAS ALEXI RODRIGUEZ ASCANIO y MARGARITA DEL COROMOTO REY DE RODRIGUEZ, ambos venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.230.179 y V-3.402.143, en su orden, sobre unas bienhechurías constituidas por una vivienda unifamiliar de dos (2) niveles contentiva de una planta baja y una planta alta, la cual tiene un área de construcción de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS CON CERO CENTÍMETROS (120,00 Mts2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan aquí por reproducidas, las cuales declaran los solicitantes haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terrero con una superficie aproximada de MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTÍMETROS (1.397,97 Mts2), identificada como Quinta Corazón de Jesús, ubicada en la Urbanización El Limón calle principal Sector Hoyo del Muerto, San Antonio de Los Altos, Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos, el cual les pertenece según se desprende de documento de compra venta debidamente protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha once (11) de septiembre del año mil novecientos noventa y siete (1997), anotado bajo el No. 11, Tomo 13, así como de su posterior aclaratoria suscrita en fecha nueve (9) de octubre del año mil novecientos noventa y siete (1997), la cual quedó anotada bajo el No. 29, Tomo 01, todo lo cual se encuentra aforado por la División de Catastro de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda bajo el catastro No. 0004951.
Devuélvanse al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese en el tribunal copia certificada del presente decreto, y déjese constancia en el Libro Diario llevado por este despacho.- Cúmplase.
LA JUEZ,
ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA TITULAR,
NUVIA BAUTISTA.
NOTA: Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
|