REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE.
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, 26 de mayo del año 2025.
215º y 166º
Expediente N° 14450.-
Vista la solicitud que antecede presentada por el ciudadano JOSE ALEJANDRO PACHECO PERDOMO, venezolana, mayor de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nro. V-27.373.538, debidamente asistido por los profesionales del Derecho IVAN JOSE YEPEZ FRANCO y OTILIO JOSE QUINTANA COFFI, inscritos en Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo Nros. 211.453 y 235.129, respectivamente y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al ciudadano JOSE ALEJANDRO PACHECO PERDOMO, venezolana, mayor de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nro. V-27.373.538, de la De Cujus, ciudadana MIRTHA JOSEFINA PERDOMO DUQUE, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.886.524.
Expídanse por secretaría copias certificada de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por la solicitante los fotostatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones en original a la parte interesada, a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal. Cúmplase. -
LA JUEZ,
Abg. ADRIANA BEATRIZ REVANALES ARMAS.
LA SECRETARIA,
Abg. ERIKA E. HEREDIA C.
ABRA/EEHC/Maria.
DUUH.
Exp. Nº 14450.
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