REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA.





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO DE EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, Dos (02) de Mayo de 2025
215° y 166°

Expediente N° S-026-25
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus HUGO YONAIKER BALDO BALDO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-29.682.633 a su Madre, ciudadana YUNIS JOSE BALDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.752.238.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase.-
LA JUEZ,

ADRIANA PLANAS MELERO
LA SECRETARIA

MARISOL GONZALEZ RONDON
APM/MGR/Nh.-
S-026-25





Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON, Secretaria del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden, son traslado fiel y exacto de sus originales que cursan en el expediente Nº S-026-25, contentivo de la solicitud de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS formulada por la ciudadana YUNIS JOSE BALDO. Certificación que se expide de conformidad con Ley. En Guatire, a los Dos (2) días del mes de Mayo de 2.025. Años 215° y 166°
SECRETARIA. -

MARISOL GONZALEZ RONDON






MGR/Nh.-
S-026-25