REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Guatire, veinte (20) de mayo de 2025.
215° y 166°

Expediente N° S-127-25.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la De Cujus RITA RAMONA URRUTIA DE APOSTOL, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V.-4.408.917, a su Hijo el ciudadano GREGORY ANTONIO APOSTOL URRUTIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.508.875.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase. -
LA JUEZ,
ADRIANA PLANAS MELERO
LA SECRETARIA,


MARISOL GONZALEZ RONDON
APM/MGR/YB
EXP. S-127-25.-






MARISOL GONZALEZ RONDON, Secretaria del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, CERTÍFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales corren insertas a la Solicitud signada con el Nro.S-127-25, de ÚNICO UNIVERSAL HEREDERO, presentada por el ciudadano GREGORY ANTONIO APOSTOL URRUTIA. Todo de conformidad con la Ley. En Guatire, a los veinte (20) días del mes de mayo de dos mil veinticinco (2025). Años 215° y 166°. -

LA SECRETARIA,

MARISOL GONZALEZ RONDON


MGR/YB
EXP. S-127-25.-