REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO DE EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, veintiséis ¬¬¬(26) de Mayo de 2025
215° y 166°
SOLICITUD N° S-121-25.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Causante LETICIA LUCIANO BUSTAMANTE, quien en vida fuere titular de la cédula de identidad Nro. V-8.764.720, a sus hijos los ciudadanos: MARIA ALEJANDRA ACEVEDO LUCIANO y HUMBERTO ALEJANDRO ACEVEDO LUCIANO venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.272.697 y V-29.904.302, respectivamente.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Tribunal, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. CÚMPLASE. -
LA JUEZ,
ADRIANA PLANAS MELERO
LA SECRETARIA
MARISOL GONZALEZ RONDON
SOL. S-121-25.-
APM/MGR/DC.-
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