CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud de título supletorio mediante escrito presentado por ante el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mirada, en función de Tribunal Receptor y Distribuidor de Documentos, por la ciudadanaAMBAR EDITH BOYER TORRES, titular de la Cedula de Identidad N° V-27.752.134, debidamente asistida por la abogadaLUISA R. GONZALEZ JIMENEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº V- 101.814. Siendo asignada la misma previo sorteo según ACTA Nº 38, de fecha 14-05-2025.
Alega la solicitante en su escrito, que construyo unas bienhechurías sobre un lote de terreno de propiedad municipal, ubicado en las Agüita sector La Vaquera calle principal, casa N° 86, Parroquia Las brisas, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda. Dicho lote de terreno posee una superficie aproximada de CIENTO NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA SENTIMETROS CUADRADOS (199.50 Mts2); Siendo sus medidas y linderos:NOR -ESTE: Con bienhechuría o posesión que era o es de la señora Torres Cedeño Yulimar del Carmen y calle Francia, SUR-ESTE: Con entrada principal o calle de uso común y terrenos que era o es de la señora Torres Cedeño Yulimar del Carmen, SUR-OESTE: con Posesión o Bienhechuría del Sr. Orlando Ramírez y parcela de la Sra. María Gómez y NOR-OESTE: con Posesión o bienhechuría del Sr. Orlando Ramírez y bienhechurías del Sr. PresleElie. La referida bienhechuría posee un área de construcción de CIENTO DIEZ METROS CUADRADO (110 MTS²) y esta construidas en paredes de bloques de cemento frisado, techo de platabanda, piso rustico, una (1) habitaciones, una (01) cocina, una (01) sala comedor, un (1), área de estar, un (1) lavandero, (1) baño, y un (01) deposito la misma cuenta con todos los servicios.Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
De seguida, en fecha 20 de mayo de 2025, este Tribunal dictó auto de entrada, se admitió de la solicitud de marras, e insto a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de la evacuación respectiva.
Como elementos probatorios de la presente solicitud la parte interesada consigno los siguientes recaudos:
• Copia fotostática de la Cedula de Identidad de la solicitante, folio Nº (3).
• Copia de la Carta de Residencia de la solicitante AMBAR EDITH BOYER TORRES, emitida por el Consejo Comunal “LAS AGUITAS I“ folio Nº(5)
• Carta de pisatario, emitida por el Consejo Comunal “LAS AGUITAS I“, folio Nº (6).
• Oficio N° ABMCR-SDC-DCM-CI- N° 010-2025, de fecha 24-03-2025, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Cristóbal Rojas, folio Nº (7).
• Autorización detítulosupletorio Sobre Vivienda, emitido por la Sindicatura Municipal delMunicipio Cristóbal Rojas. folio (9).
• Mapa Satelital, folio Nº (10).
• Plano de medidas y linderos,emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Cristóbal Rojas. folio (11).
• Copias fotostáticas de las cedulas de identidad de los testigos los ciudadanos ANA ROSA ALGARA VERA Y WILLIAM ALFREDO ROJAS MONTAÑEZ, folio Nº (13)
En fecha 28 de Mayo de 2025, comparecen por ante la sala de este Despacho los ciudadanos ANA ROSA ALGARA VERA Y WILLIAM ALFREDO ROJAS MONTAÑEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-16.117.206 y V- 4.678.745, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia
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