REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DE MIRANDA
(EN FUCINONES DE TRIBUNAL MOVIL)
Carrizal, 03 de noviembre de 2025
215º y 166º


Vistas las actas procesales que conforman el presente asunto, y los recaudos acompañados consignados en fecha 25 de septiembre de 2025 en el marco de la jornada de TRIBUNAL MOVIL, presentada por la ciudadana IRAIMA MAGALY QUINTANA FRANKIZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-10.282.220, debidamente asistida por la abogada KARINA FERNANDES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 319.319, Defensora Pública Provisoria Segunda con Competencia en Materia Civil, Mercantil y Transito de la Defensa Pública del Estado Bolivariano de Miranda; en atención a su contenido, se observa que carece de recaudos fundamentales para continuar con su pretensión, en consecuencia, este Tribunal, INSTA, a la solicitante supra identificada a consignar Original o Copia Certificada de la sentencia de Divorcio de los ciudadanos PEDRO JOSE GUEVARA VASQUEZ y LORIS NAYIBA MORALES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-9.483-571 y V-10.118.112, respectivamente . Para lo cual se le concede un lapso de noventa (90) días de despacho siguientes al de hoy. En el entendido que una vez que conste en autos dicho requerimiento, el Tribunal emitirá el correspondiente pronunciamiento o en caso de transcurrir el lapso señalado sin que conste en autos la consignación requerida se entenderá como decaimiento de interés en la presente solicitud.-
LA JUEZA PROVISORIA

HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA

VIRGINIA GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que anterior
LA SECRETARIA

VIRGINIA GONZALEZ
S-6023-25
HJNR/VG/YM
INSTAR