REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCEN

JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, dieciséis (16) de octubre de 2025.

215° y 166°

Visto el escrito presentado en fecha 14/10/2025, por el ciudadano Cristian Alirio Hevia Ortiz, titular de la cédula de identidad Nº V- 24.743.031, en su carácter de Presidente de la demandada, sociedad mercantil “Gastro Bar Hamsa, C.A.”, asistido por la abogada Ana Belén Luna Sánchez, inscrita ante el IPSA bajo el N° 250.021, en el que denuncia la presunta existencia de un fraude en contra de su empresa, este Tribunal, a los fines de salvaguardar los derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la seguridad jurídica de las partes intervinientes, en aplicación del artículo 17 del Código de Procedimiento Civil, de conformidad con el artículo 607 ejusdem, ordena ABRIR una articulación probatoria por OCHO (08) DÍAS DE DESPACHO contados a partir de que conste en autos la práctica de la última notificación de las partes, a los fines de que puedan ejercer sus derechos y se esclarezca lo denunciado.
Conforme al artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, se ordena abrir pieza separada para el trámite de la presente incidencia con copia certificada del presente auto y del escrito en el que se denuncia fraude procesal. Notifíquese a las partes.
El Juez Titular,

Miguel José Belmonte Lozada

El Secretario.

Franklin Avelino Simoes Alviárez.

En la misma fecha se abrió el cuaderno separado ordenado y se libraron las boletas correspondientes.

MJBL/fasa
Exp. Nº 25-5296