TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, 08 de octubre del año 2025.
215º y 166º

Expediente N° 14656.
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara: ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos MORELA JOSEFINA BARRETO DE FAGUNDES, YESIKA MARÍA FAGUNDES BARRETO y JEAN CARLOS FAGUNDES BARRETO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-4.852.362, V-12.830.234 y V-15.577.541, respectivamente, causahabientes del De Cujus VALENTIN FAGUNDES LEON, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-638.371.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a las partes interesadas de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignado por la solicitante los fotóstatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a las partes interesadas a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. LA JUEZ,

Abg. ADRIANA BEATRIZ REVANALES ARMAS
LA SECRETARIA Acc,



Abg. PAMELA D. BLANCO P.


ABRA/pdbp/Owenn.
DUUH
Exp. Nº 14656.