CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud de Título Supletorio mediante escrito presentadopor ante este Juzgado,en función de Tribunal Receptor y Distribuidor de Documentos, por la ciudadanaIRIS LISBETH LOPEZ PADERES, titular de la cedula de identidad N° V-6.228.786, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana LESBY LETICIA LOPEZ PAREDES, titular de la cedula de identidad N° V-6.320.420,debidamente asistida por laabogadaMARY CARMEN MEDINA DE UZCATEGUI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°156.765; siendo asignada la misma previo sorteosegúnACTA Nº 31, de fecha 23-09-2025.
Alega la solicitante en su escrito, que su poderdante ha realizado ampliaciones a una vivienda de su propiedad, ubicadas en la urbanización Jardines de “santa Rosa”, Manzana M-19, parcela 9, parroquia Cua, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda,según consta en documento debidamente protocolizado ante el Registro del Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, Cua, Inscrito bajo el N° 37, Protocolo 1°, Tomo 6, de fecha 11 de marzo de 1992; sobre una extensión de terrenola cual posee una superficie aproximada de CIENTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (162,00 Mts2) aproximadamente; que dichas bienhechurías se encuentran, anteriormente con una construcción de SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TRES DECIMETROS CUADRADOS (73,03 Mtrs2), que actualmente posee una superficie de construcción aproximada de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTIMETROSCUADRADOS (145.81 Mtrs2), según consta de levantamiento topográfico realizado por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Rafael Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda. Sus medidas y linderos son los siguientes:NORTE:con Parcela N° 8; SUR:con Parcela N° 10; ESTE: concalle Parque 2, yOESTE: Parcela N° 41 y N° 40. Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
De seguida, en fecha 23 de septiembre de 2025, este Tribunal dictó auto de entrada, anotándose en el Libro respectivo bajo el Nº 098-2025, instándose a la parte interesada a consignar recaudos.
En fecha03 de octubre de 2025, previa consignación de los recaudos, seadmitió la solicitud de marras, e insto a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de la evacuación respectiva.Como elementos probatorios de la presente solicitud la parte interesada consigno los siguientes recaudos:
• Copia de instrumento Poder Especial de la solicitante LESBY LETICIA LOPEZ PAREDES, conferido a la abogada IRIS LISBETH LOPEZ PADERES, folios (4 al 8).
• Original de Información Catastral Nº L-111/2025, de fecha 23-09-2025, folio (11)
• Original de Mapa Catastral, de fecha septiembre-2025, folio (12)
• Copia de Documento de Propiedad, emitido ante la oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Departamento Libertador del Distrito Federal, de fecha 28-12-1987, bajo el N° 8, Tomo 4, Protocolo Primero, folios(14 al 19).
• Constancia de residencia de la solicitante, ciudadana LESBY LETICIA LOPEZ PAREDES, emitida por el Consejo Comunal Nueva Esperanza, inserta al folio (20)
• Copia de Mapa de ubicación satelital, folio (21)
• Copia simple de sentencia de Divorcio, dictada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Expediente N° 12151, de fecha 16-10-2017, y Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal, dictada por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Expediente N° 5053-18, de fecha 13-08-2018. Inserta a los folios (22 al 28)
• Certificación de Solvencia Municipal 2025, emitida por la Alcaldía del Municipio Gral. Rafael Urdaneta, Cua, del Estado Bolivariano de Miranda. Inserta al folio (29).
• Copia fotostática de las cedulas de identidad de los testigos ciudadanos CARYLIS DEL CARMEN MEINA LOPEZ Y FRANKLIN REMIGIO UZCATEGUI ALONZO, folio (30).
• Carta de pisatario, emitida el Consejo Comunal Nueva Esperanza, folio (31).
En fecha 09 de octubre de 2025, comparecen por ante la sala de este Despacho losciudadanosCARYLIS DEL CARMEN MEINA LOPEZ Y FRANKLIN REMIGIO UZCATEGUI ALONZO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-20.210.804 yV-3.552.082, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.
CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de losciudadanos CARYLIS DEL CARMEN MEINA LOPEZ Y FRANKLIN REMIGIO UZCATEGUI ALONZO, identificadas Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3, de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009,DECLARA: CON LUGAR,la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana LESBY LETICIA LOPEZ PAREDES, titular de la cedula de identidad N° V-6.320.420,sobre unasbienhechurías construidas en una vivienda de su propiedad ubicada en la urbanización Jardines de “santa Rosa”, Manzana M-19, parcela 9, parroquia Cua, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, el cual posee una extensión de terrenocon una superficie aproximada de CIENTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (162,00 Mts2) aproximadamente; dichas bienhechurías se encuentran, anteriormente con una construcción de SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TRES DECIMETROS CUADRADOS (73,03 Mtrs2), que actualmente posee una superficie de construcción aproximada de CIENTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTIMETROSCUADRADOS (145.81 Mtrs2), según consta de levantamiento topográfico realizado por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Rafael Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda. Sus medidas y linderos son los siguientes: NORTE: con Parcela N° 8; SUR: con Parcela N° 10; ESTE: con calle Parque 2, y OESTE: Parcela N° 41 y N° 40. Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas alasolicitante, constante de ( ) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.
Regístrese y publíquese, inclusive en el portal web: www.miranda.scc.org.ve.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los catorce (14) días del mes de octubre de 2025. Años: 215° de la Independencia y 166° de la Federación.

EL JUEZ

KENYS VILLALTA
LA SECRETARIA

MERLINES PALMA
En esta misma fecha y previa las formalidades de Ley, siendo las doce y treinta de la tarde (12:30 p.m.) se publicó la anterior Decisión.
LA SECRETARIA

MERLINES PALMA




KV/MP/yl*
Sol. 098-2025