En horas del despacho del día de hoy, primero de Julio de dos mil trece, siendo las diez y cuarenta y cinco de la mañana día y hora señalada para que tenga lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, la Juez lo declaró abierto con asistencia de la Abogada GERARDINE TORRES JAIMES, con el carácter de Defensor Ad-Littem de la parte demandada CAROL SOFIA DIMAS, y por cuanto este Tribunal observa que la parte demandante no se hizo presente al acto de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil declara EXTINGUIDO el proceso y ordena el archivo del expediente. Es todo. Es todo, se leyó y conforme se firma.-
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR
La Defensor Ad-littem
Irali Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria
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