Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA FISCALÍA DÉCIMO NOVENA del MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, POR CONSIGUIENTE DECLARA PRESCRITA LA ACCIÓN PENAL EN LA PRESENTE CAUSA Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL a favor de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 615 de l.....