DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de los ciudadanos ANA LUCIA RODRIGUEZ DE PARRA y OSCAR HERNANDO PARRA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.585.791 y V-13.339.847 respectivamente, con domicilios en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, conforme lo dispone el artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos mediante acta de matrimonio N° 373, de fecha 12 de noviembre de 1979, expedida por el Registro Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio Libertador del Distrito Capital.