Por lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL PENAL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscal Decimonovena del Ministerio Público, de conformidad con lo previsto en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; así como las pruebas promovidas por considerarlas, lícitas, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos controvertidos.
SEGUNDO: Decreta el sobreseimiento definitivo, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA, en lo que se refiere al delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, por cuanto no es típico, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el.....