El día 02.08.2012, a las 8.30 a.m., tuvo lugar la prosecución de la práctica de la medida de entrega material, tal y como fue acordado en Acta de fecha 01.08.2012, estuvieron presentes PEDRO OSSORIO antes identificado, se identificaron los vehículos que trasladarían la mercancía a la ciudad de Caracas. Siendo las 3.30 p.m, finalizo la carga de las resmillas de papel marca IBM, dejando constancia el abogado PEDRO OSSORIO, que no se hizo la entrega de la totalidad del material, reservándose las acciones para exigir la compensación correspondiente y resarcimiento por cualquier daño y perjuicio por el incumplimiento de la entrega material. Por su parte AZAEL SOCORRO, en su condición de Liquidador Judicial manifiesto al Tribunal que entrego la totalidad del material. El tribunal oídas las exposiciones, les indicó que solo tiene competencia exclusiva y excluyente en materia de medidas preventivas y ejecutivas, y por ende no le es dable emitir pronunciamiento alguno. Siendo las 5:00 p.m., se .....