DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira actuando en Sede Constitucional, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara competente para conocer la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana Cruz Delina Hernández de Palomino, actuando con el carácter de esposa del ciudadano Félix Palomino Balaguera –penado de autos-.
SEGUNDO: Declara inadmisible la acción de amparo constitucional intentada por la ciudadana Cruz Delina Hernández de Palomino, actuando con el carácter de esposa del ciudadano Félix Palomino Balaguera –penado de autos-, de conformidad con lo establecido en el criterio jurisprudencial dispuesto en la sentencia N° 150 de fecha catorce (14) de junio del año 2022, dictada en el expediente N° 20-0087, así como en la ratificación del mismo criterio en Sentencia N° 680 de fecha catorce (14) de o.....