En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PUNTO PREVIO: DECLARA SIN LUGAR EL PEDIMENTO DE LA DEFENSA PRIVADA, en el sentido, que se ADMITA LA EXCEPCION CONTENIDA EN EL ARTICULO 28 ORDINAL 4 LITERAL I. DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, SE DESESTIME LA ACUSACION FISCAL Y SE DECRETE EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente decisión, por consiguiente, se ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Vigésimo Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA ; por la presunta comisión del delit.....