En razón de ello, y atendiendo a la intención del Legislador, relativa a la unidad del proceso a los fines de impedir que se produzcan decisiones contrarias, es por lo que conforme a lo dispuesto en los artículos 70, 73 numeral 1 y 76, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda acumular a la causa penal N° J-1577-2016, a la causa penal Nro J-1576-2016; considerando que no se seguirán al mismo tiempo, diversos procesos contra un imputado aunque haya cometido diversos delitos, y en aras de una justicia expedita y sin dilaciones indebidas en salvaguarda de los derechos del adolescente; en consecuencia, se fija como fecha para la celebración del juicio oral y reservado el día 10 de noviembre de 2016, a las 10:30 am. Y así se decide