El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha dos de julio de 2018 por el abogado Dixon Giovanny Contreras Ortega, co-apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 26 de junio de 2018 proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión de fecha veintiséis (26) de junio de 2018, proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró: "PRIMERO: INADMISIBLE LA DEMANDA interpuesta por: EDGAR ERASMO QUEVEDO y JOHANA MERCEDES DUQUE COLMENARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V-13.891.276,V-15.....