En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la abogada Jannette Esperanza Omaña Contreras, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los número 13.987, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Melvin Emigdio Marchena Ferrer y Myrian Sulay Contreras de Marchena, titulares de la cédula de identidad N° V-3.782.180 y V-5.325.120, contra el acto administrativo de efectos particulares emanado de la Alcaldía del Municipio Pedro María Ureña del estado Táchira, que autorizo al ciudadano Rigoberto Pérez, titular de la cédula de identidad N° V-2.913.653, para registrar las mismas mejoras sobre las cuales son propietarios los ciudadanos.....