PRIMERO: LA CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges ciudadanos ANA ESDRI LEON DE RAMIREZ y LUIS GREGORIO RAMIREZ RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.505.994 y V-4.112.679 en su orden y domiciliados en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, la cual fue decretada el día 13 de febrero de 2015.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, mediante acta de matrimonio N° 65, de fecha 18 de Septiembre de 1979, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Ezequiel Zamora, Distrito Maturín del Estado Monagas.