El Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora acuerda en conformidad, y designa como cerrajero al ciudadano ALVARO ESCOBAR, titular de la cédula de identidad N° V-8.110.558, quien estando presente manifestó aceptar el nombramiento y prestó el juramento de Ley ante la Jueza; y hecho lo cual este Tribunal se constituyó dentro del mismo, dejando constancia que dicho inmueble se encuentra libre de personas, bienes y cosas. En este estado el Tribunal procede hacer entrega formal del inmueble a los Abogados JESÚS ALFONSO VIVAS TERÁN y CONSUELO BARRIOS TREJO, ya identificados, quienes lo reciben conforme y en las condiciones en que se encuentra. Es todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 11:30 a. m. y regresa a su sede.