"...A los documentos señalados anteriormente, este Juzgado les otorga pleno valor probatorio, ello de conformidad a lo señalado por los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.
Este Tribunal, vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud, los documentos presentados y vista la manifestación de las partes, la cual es inequívoca, pues de sus declaraci..."