Por todos los razonamientos anteriormente esgrimidos de hecho y derecho, este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Se imparte Homologación a la Transacción suscrita entre las partes en fecha 01 de Agosto de 2011, la cual riela a los folios 30 y 31 del cuaderno principal.
SEGUNDO: Se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
TERCERO: A los fines Registrales se acuerda expedir copia certificada mecanografiada de la Transacción y su homologación, para colocar la nota marginal correspondiente.