El 03.10.2012, a las 10.00 a.m. se trasladó y constituyó el Tribunal, conjuntamente con el apoderado actor FRANCISCO DUARTE, IPSA 7.306, los funcionarios auxiliares y policiales necesarios para la practica de la medida, habilitándose para ello todo el tiempo necesario, en el Local Nº 43, Calle Miquelen-Negro Primero/Arismendi, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda. Una vez en el sitio, el Tribunal fue atendido por ABUISHTAYAH MOHAMMAD, encargado de la tienda y sobrino de la parte demandada-ejecutada, se le impuso de la misión y solicitó un lapso para contactar a su tío o al abogado de su confianza, para lo cual se le concedió una hora. Se hizo recorrido respectivo observándose un área para venta de mercancía y otra para depósito. Asimismo, que el local tiene planta superior y planta inferior. Se le indico al notificado el derecho de retirar los bienes voluntariamente manifestando que haría retiro voluntario; se designó practico cerrajero a CARLOS BLANCO, .....