JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:PRIMERO: SIN LUGAR la apelación propuesta por la apoderada del demandante, abogada Lupe Rosario Díaz Vivas, en fecha 05 de noviembre de 2014 contra el fallo preferido por el a quo en fecha veintinueve (29) de octubre de 2014, en el que juicio por desalojo de inmueble contra el ciudadano Ramón Alí Ramírez, que ocupa como arrendatario.SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión emitida por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el día veintinueve (29) de octubre de 2014. TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido confirmado el fallo apelado. Queda así CONFIRMADO el fall.....