DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara incompetente para el conocimiento de la presente acción de Amparo constitucional.
SEGUNDO: se ORDENA la notificación del Alcalde del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, todo ello de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal. .