PRIMERO: CON LUGAR la solicitud por REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (AUMENTO), presentada por la ciudadana TANIA CAROLINA PARRA DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.813.687 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira; contra el ciudadano ARIOSTO JOSÉ SILVA BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.264.640 y con domicilio en el Municipio Independencia del Estado Táchira.
SEGUNDO: SIN LUGAR el ofrecimiento realizado por el ciudadano ARIOSTO JOSÉ SILVA BLANCO, ya identificado.
TERCERO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario, a partir del mes de febrero de 2013, en la cuenta de ahorros aperturada para tal fin.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada de inicio escolar en el mes de septiembre y la navideña, se fija una cuota extraordinaria, en la cantidad .....