DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: Declara con lugar la solicitud de Revisión de Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, a RAFAEL JOSE NUÑEZ VALLE FLOREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr.5.356, que de conformidad con el artículo 256, ordinales 2°, 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, será del orden siguiente: 1-. Presentarse cada 30 días ante la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo; 2.- Someterse al cuidado y vigilancia de los ciudadanos ALCIRA ROSA NUÑEZ BRICEÑO y JOSE DE JESUS BRICEÑO; y, 3. No cambiar de residencia sin autorización del Tribunal.
Ordénese le Traslado de la imputada al Tribunal, notifíquese de la presente decisión y emítase la correspondiente boleta de libertad.