PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION presentada por la ciudadana NEIDA CAROLINA SANCHEZ COLMENARES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.567.961, con domicilio en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, contra el ciudadano GIOVANNY ZAFRA MENESES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.231.394, con domicilio en el Municipio Capacho Nuevo, Estado Táchira.
SEGUNDO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION en la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs.800,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes del mes Julio de 2014.
TERCERO: SE FIJAN LAS CUOTAS EXTRAORDINARIAS para las temporadas, escolar y de navidad, en la cantidad de MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs.1.600,00) cada una, adicionales a la cuota ordinaria mensual.
CUARTO: En cuanto a los gastos de asistencia médica y .....