Primero: SE DECLARA CON LUGAR la demanda de contenido patrimonial, interpuesta por el INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y RECREACIÓN DE LOS TRABAJADORES (INCRET), contra la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO TÁCHIRA (FETRATÁCHIRA); vinculación que se originó del contrato de comodato suscrito entre las partes controvertidas.
Segundo: SE DECLARA RESUELTO el contrato de comodato, suscrito entre el INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y RECREACIÓN DE LOS TRABAJADORES (INCRET), y la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO TÁCHIRA (FETRATÁCHIRA); contrato autenticado por ante la Notaría Pública Octava de Caracas, en fecha 04/04/1986, anotado bajo el N° 101, Tomo 29.
A tal efecto, SE CONDENA a la parte demandada la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO TÁCHIRA (FETRATÁCHIRA) a entregar, devolver o restituir al INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y RECREACIÓN DE LOS TRABAJADORES (INCRET), el inmueble donde actualmente está asentada la sede de la Casa Sindical del estado Táchira, conformada po.....