PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el Recurso de Hecho, interpuesto por las abogadas GLORIA AMPARO PERICO DE GALINDO y MIRIAM MARIBEL NIETO SANCHEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V.- 5.020.328 y V.- 8.985.613, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 15.949 y N° 35.305, respectivamente, en su carácter de apoderadas especiales del ciudadano JESÚS MARÍA SALAS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 3.293.820; contra el auto de fecha 07 de octubre de 2025, dictado en el juicio contenido en el expediente N° 10.214 que cursa en el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de l.....