Como corolario de lo anterior, sobre la base de las motivaciones de hecho, de derecho y Jurisprudenciales anteriormente expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el Convenimiento en la Demanda realizado por el identificado ciudadano JONHSON ENRIQUE NIÑO GAMEZ, asistido por el abogado Jesús Andelfo Camacho Díaz, en fecha 28 de enero de 2025 en la presente causa de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, incoada en su contra por la ciudadana YORAIMA MONCADA, patrocinada por la abogada Marly Leticia Prato Balazarte, todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: RECONOCIDO en Contenido y Firma el Documento Privado firmado en fecha 10 de febrero de 2006, por el cual el ciudadano JONHSON ENRIQUE NIÑO GAMEZ, venezolano, titular de la cédula de.....