Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la solicitud de Cumplimiento de la Obligación de Manutención formulada por la ciudadana SHELVY JHOANNA ALVIAREZ RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.159.848, domiciliada en Cordero, Municipio Andrés Bello, Estado Táchira, y hábil, en su carácter de madre del adolescente (omitido por art. 65 LOPNA), contra el ciudadano EDUWIN ROBERTO VELASCO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.246.132, domiciliado en Cordero, Municipio Andrés Bello, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena al ciudadano EDUWIN ROBERTO VELASCO CONTRERAS, a pagar la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.2.700,0) que adeuda por concepto de Obli.....