´este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo previsto en el artículo 265 del Código fe Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, concordancia con el Criterio Jurisprudencial de la Sala de Casación establecido en Sentencia Nº 016, de fecha 17 de Febrero de 2020, HOMOLOGA EL DESISITIMIENTO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO formulado por la parte actora Ciudadano JORGE LUIS MALDONADO COLMENARES y convenido por la representación judicial de loo codemandados.
Por consiguiente, una vez transcurrido el lapso para recurrir del presente auto, se remitirá la causa al Tribunal de origen a los fines legales consiguientes.
La Jueza,
Abg. Zayda Yorlett Chávez Cáceres
El Secretario Judicial
Abg. Richard Anderson Castillo Castellanos
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