CAPÍTULO IV
DECISIÓN
Con las consideraciones de hecho y de derecho arriba indicadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide lo siguiente: CON LUGAR, la solicitud de divorcio intentada por elciudadanoOSVALDO ENRIQUE TORRES PEREIRA, titular de la cedula de identidad Nº V-12.388.658, en contra de la ciudadanaCARMEN YAJAIRA BLANCO DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.351.790, de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en la Sentencia 1070, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unías hasta el día de hoy, celebrado en fecha 09 de junio de 1990, por ante el Registro Civil del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, según se evidencia en el Acta de Matrimonio Nº 27, del libro correspondiente al año 1990.
Particípese lo conducente a las autoridades competentes,.....