Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los abogados Carlos Ernesto Barrera Guada y Yaneth del Carmen Acosta Cegarra, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.173.845 y V-16.778.146, en su orden, e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 63.349 y 129.432, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Belkys Mirian Tami Portilla, titular de la cédula de identidad N° V-18.379.077 contra la sentencia dictada el 3 de agosto de 2017, por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el juicio de simulación tramitado en el expediente signado con el N° 8978-20.....