Primero: COMPETENTE para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.
Segundo: ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad en cuanto ha lugar en derecho.
Tercero: Se ORDENA la notificación al Presidente del Consejo Académico del Hospital Central de San Cristóbal, notificación a la Subdirección de Investigación y Educación del Hospital Central de San Cristóbal, notificación a la Dirección Regional de Investigación y Educación del Hospital Central de San Cristóbal, notificación a la Dirección de Post-Grado Clínico del Hospital Central de San Cristóbal, notificación al Instituto Autónomo Corporación del Salud del estado Táchira, notificación a la Gobernación del estado Táchira, notificación a la Procuraduría General del estado Táchira, y notificación a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. Así mismo, se ordena al Presidente del Consejo Académico del Hospital Central de San Cristóbal del e.....