Decisión que declaró: 1º SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana YUNMY COROMOTO SANCHEZ, apoderada judicial del ciudadano CONSUELO DE JESÚS CONTRERAS contra el auto de fecha 25 de octubre de 2004, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
2º SE CONFIRMA aunque por otra motivación el auto de fecha 25 de octubre de 2004, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira que declaró sin lugar la oposición a la demanda y sin lugar las cuestiones previas opuestas de los ordinales 8 y 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil propuesta por la abogado YUNMY COROMOTO SANCHEZ, en la oportunidad de hacer formal oposición en fecha 03 de junio de 2003, ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de esta Circunstancia Judicial del Estado Táchira.