Siendo las 9:30 a.m. se trasladó este Juzgado Ejecutor hasta el sector el Surural del Municipio Jáuregui, se constató que el local a desalojar estaba cerrado por lo que el demandante llamó telefónicamente al demandado y se esperó su llegada. Una vez constituido el Tribunal en el inmueble se notificó de la presencia del Tribunal y de su objeto al ciudadano: José Valero Apolinar, C.I. N° V-8.020.521, parte demandada, quien luego de conversar con el personal manifestó que no se hará asistir de abogado y en su defecto solicitó al demandante un lapso para desocupar las máquinas y material del local. En uso de palabra el demandante pidió al Tribunal suspender la práctica de la medida hasta el lunes 13 de los corrientes en espera del cumplimiento de lo acordado con el ejecutado. El Tribunal así lo acordó y regresó a la sede dejando constancia que los funcionarios policiales: Ana Yelitza Parra Contreras, C.I. N° V-18.0108.874 y Contreras Ferreira Deibys Yordan, C.I. N° V-19.389.445, acompaña.....