PRIMERO: LA CONFESION FICTA del ciudadano CARLOS RAMON GARNICA ALBARRACIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.813.321, domiciliado en el Municipio Independencia del Estado Táchira.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud DE REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por la ciudadana DEXY ZULAY CASTRO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.984.881 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira; contra el ciudadano CARLOS RAMON GARNICA ALBARRACIN, antes identificado.
TERCERO: SE FIJA EL AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.800,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros aperturada, a partir del mes de MAYO de 2014.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar, se fija una cuota especial, en el mes de agosto, en la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000,00), ad.....