El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1º CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta en fecha 09 de junio de 2006, por el ciudadano ANTONIO JOSE NUÑEZ ARELLANO, contra la decisión dictada por el Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del estado Táchira el 07 de junio de 2006. 2º SE MODIFICA la decisión dictada por el Juzgado del Municipio García de Hevia de esta Circunscripción Judicial en fecha 07 de junio de 2006. En consecuencia, se fija como Pensión de Alimentos para las ciudadanas BEATRIZ ANDREINA y BEISY JOHANA, la cantidad de Bs. 100.000,oo mensuales para cada una.
3º SE EXONERA al ciudadano ANTONIO JOSÉ NUÑEZ ARELLANO, de cancelar la cuota extraordinaria fijada para el mes de septiembre, en virtud de que las beneficiarias no se encuentran en etapa escolar que amerite.....