DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara competente para conocer de la presente Solicitud De Medida Cautelar Autónoma De Protección Agroalimentaria.
SEGUNDO: Se decreta Medida autónoma provisional de protección a la actividad agrícola, existente en el predio Finca "La Palmita", ubicado en el Sector Caño Amarillo, Parroquia Santa María de Caparo, Municipio Padre Noguera del Estado Mérida, la cual consiste en que la parte actora, ciudadanas Luisa, Aurora y Consuelo Contreras Contreras, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-9.368.257, V-11.371.544, V-10.875.144 respectivamente, mantengan la actividad agrícola y pecuaria existente, con el desarrollo necesario p.....