En consecuencia, este Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACIÓN DE LEY, al acuerdo al que llegaron los ciudadanos CHACÓN CORDERO MARGARITA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.491.185 y RONDON VARGAS VICTOR MANUEL, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.370.640, en fecha 12 de Noviembre de 1.998, en beneficio de la niña RONDÓN CHACÓN VICKY MARLEY, identificada con Partida de Nacimiento N° 840 de fecha 28 de Agosto de 1.996, expedida por la Prefectura del Municipio Autónomo Páez del Estado Apure, procédase como en Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, hecho lo cual archívese el expediente. Déjese copia para el archivo del Tribunal. Hágase como se pide. Cúmplase.