SE DECLARA CON LUGAR la solicitud que por FIJACION DE OBLIGACION DE ALIMENTOS, interpusieron los adolescentes JHANDER DANIEL, JAIRO ENRIQUE y JONATHAN JAVIER VIVAS AREIAS contra el ciudadano VIVAS VIVAS JAIRO ENRIQUE, todos identificados anteriormente y FIJA la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL VEINTICUATROS BOLIVARES (Bs.57.024,00) mensual la PENSION DE ALIMENTOS para los referidos
adolescentes, los cuales deberán ser descontados del sueldo devengado por VIVAS VIVAS JAIRO ENRIQUE, padre de los menores antes mencionados, y a su vez sean depositados en una cuenta de ahorro que este Tribunal aperturará a nombre de los adolescentes de autos, en su oportunidad legal.-
Asimismo se fija una mensualidad adicional por el mismo monto, es decir. CINCUENTA Y SIETE MIL VEINTICUATROS BOLIVARES (Bs.57.024,00) mensual, para los referidos menores, por concepto de Ayuda Escolares los cuales deberán ser descontados del sueldo devengado por VIVAS VIVAS JAIRO ENRIQUE en el mes .....