DECLARA CON LUGAR, el DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos OLIMPO VILLAMIZAR CASTRO e HILDA SANDOVAL DE VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 16.283.840 y V-13.506.165 en su orden, domiciliados en la República de Colombia y en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira respectivamente, conforme a los lineamientos dictados por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia con carácter vinculante N° 693 de fecha 02 de junio de 2015.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos mediante acta de matrimonio N° 298, de fecha 21 de noviembre de 1997, ante el Prefecto de la Parroquia San Sebastián del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.