Por todas las consideraciones que anteceden, éste Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Tachira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la presente RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, presentada por la ciudadana MARIA INOCENCIA GUERRERO ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.092.827, debidamente asistida por el abogado ENDER MANUEL COLMENARES MORENO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 80.647.