DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio por Ruptura Prolongada de los ciudadanos MARIA DEL CARMEN ZAMBRANO DE ALTUVE y JOSE ORLANDO ALTUVE MARQUEZ. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día 12 de Agosto de 1981, por ante la Prefectura del Municipio Pedro María Morantes, Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, según acta de matrimonio Nº 210.