ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE Y DICTA SENTENCIA CONDENATORIA al acusado ACUÑA DURÁN FRANKLIN JOSÉ, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido el día 28-01-1985, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.610.206, de profesión u oficio buhonero, hijo de José Israel Acuña (v) y Zaida Carolina Durán (v), de estado civil soltero, residenciado en el Barrio Táchira, Vereda 1, Casa N° 8-17, cerca de la casilla policial del Viaducto Viejo, San Cristóbal, Estado Táchira, por la comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el artículo 358 tercer aparte del Código Penal, a cumplir la pena principal de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal.